Geslumen

Legislación canónica derecho eclesiástico


CÓDIGO DE DERECHO CANÓNICO Promulgado por la Autoridad de Juan Pablo II, Papa. Dado en Roma, el día 25 de enero de 1983
https://www.vatican.va/archive/cod-iuris-canonici/cic_index_sp.html

BOLETÍN OFICIAL DEL OBISPADO Decreto Actualización del Reglamento de Cementerios Parroquiales de la Diócesis De Tui-Vigo 2015 Núm. Extr. / 2.772 Núm. Hist. de 01/09/2015
https://www.diocesetuivigo.org/wp-content/uploads/2020/07/Boletin-2772.pdf

LUGARES DE CULTO, CEMENTERIOS
BOE-300_Codigo_Universitario_de_Derecho_Eclesiastico_del_Estado.pdf Última modificación: 13 de julio de 2021.

CÓDIGOS ELECTRÓNICOS CÓDIGO DE DERECHO ECLESIÁSTICO SELECCIÓN Y ORDENACIÓN:
D. Miguel Rodríguez Blanco Catedrático de Derecho Eclesiástico del Estado de la Universidad de Alcalá y Director del Grupo de Investigación Culturas, Religiones y Derechos Humanos de la Universidad Internacional de La Rioja Edición actualizada a 27 de marzo de 2017
BOE-104_Codigo_de_Derecho_Eclesiastico.pdf

DECRETO MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE CEMENTERIOS PARROQUIALES DE LA DIÓCESIS DE TUI-VIGO 27 DE DICIEMBRE DE 2021
Decreto_de_Modificacion_de_Reglamento_de_Cementerios_Parroquiales.pdf

Régimen jurídico de cementerios y sepulturas

Régimen jurídico de cementerios y sepulturas

Rodríguez Blanco, Miguel

Es preocupación común, que aparece en las más variadas culturas, la del interés que acompaña a los ritos de la muerte y del depósito del cuerpo después.

En tantas ocasiones, con una evidente connotación religiosa, con el dato también de la diferencia de fórmulas y soluciones. A veces predomina el interés por la distinción y ostentación de los poderosos, como bien evidencian las grandes construcciones funerarias de los egipcios, las pirámides señaladamente, sin olvidar tantos otros casos equivalentes, como el del «mausoleo», que hizo construir Artemisa, la reina de Halicarnaso, Caria (353 a.c.), en recuerdo de su esposo Mausolo, y que sería considerado como una de las siete maravillas del mundo “también lo fueron las pirámides de Egipto”, o, a muchos kilómetros, el enterramiento del señor de Sipán, así como tantas capillas para el enterramiento de monarcas, dignidades eclesiásticas o de familias nobles o acaudaladas, con testimonios de tanta calidad artística, pudiéndose citar en el caso de España, el ejemplo sobresaliente de la Capilla Real de Granada. Sin olvidar el alarde de algún dictador de nuestro tiempo, sin reparar en gastos “aunque hubieras que horadar la montaña”, a la hora de prepararse una sepultura de impacto.

En otras ocasiones, las más de las veces, serían soluciones colectivas, como las catacumbas, los enterramientos junto a las iglesias, que fueron frecuentes entre nosotros, lo que se ilustra también a la perfección con la experiencia del Reino Unido, hasta dar el salto y llegar a la fórmula que se generalizó de los cementerios, ya los enormes de las urbes, ya los recoletos de los pequeños lugares.

Fórmula en la que algunos han destacado de manera sobresaliente por albergar huéspedes ilustres, entre los que se pueden citar el caso del parisino «Pierre Lachaise», o el cementerio civil de Madrid.

Cada época, cada cultura, cada religión, ha dejado su huella, con ejemplos tan diversos de tratamiento a los difuntos. Desde la incineración en la India, a esos ejemplos de una España cruel en la que enemigos políticos o malhechores se descuartizaban, soporte el rollo de alguno de los miembros, o ese otro ejemplo que hace adivinar a don Quijote que se acerca a la gran ciudad Barcelona, al observar los cadáveres de los condenados colgados de las ramas de los árboles.

  • Editorial : Editorial Comares
  • Año de edición : 2015
  • Lugar de edición : Granada. España
  • Colección: Derecho canónico y Derecho eclesiástico del Estado
  • Idioma : Castellano
  • Páginas: 227
  • Encuadernación: Rústica
  • Medidas: 24 x 1.5 x 17 cm
  • ISBN : 9788490452639